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Presentación
Quienes Somos
Análisis de las
capacitaciones
Relleno Sanitario Curva de Rodas
Parque Ambiental la Pradera
Conclusiones y recomendaciones
Enlaces
PRESENTACION
Desde mediados del siglo XX las ciudades colombianas han sufrido
un incremento considerable en su población. El crecimiento
industrial, el desempleo en las zonas rurales y los
desplazamientos voluntarios y en la mayoría de los casos
forzados contribuyeron a esta tendencia. Las nuevas ciudades
modificadas en sus hábitos, arquitectura y paisaje exigieron la
construcción de obras públicas de infraestructura que dotaran
de los servicios públicos necesarios a sus habitantes. Los
asentamientos humanos crecían de forma caprichosa ocupando
espacios no urbanizados, laderas y propiedades privadas ociosas.
Así el reclamo por los servicios públicos domiciliarios se
hizo evidente y la atención del Estado urgente aunque en la
mayoría de los casos escasa o tardía. Dotar las ciudades,
ahora fragmentadas, de los servicios de agua potable y energía
eléctrica fue la principal preocupación; luego el tema del
alcantarillado y las vías de acceso constituyeron necesidades
prioritarias de las administraciones locales a partir de la década
comprendida entre 1975 y 1985. Esta nueva composición urbana,
unida al auge de las tendencias internacionales en materia de
protección del medio ambiente, los recursos naturales y el
entorno ecológico generaron el espacio propicio para
reflexiones sobre el saneamiento básico y la necesidad de
adoptar medidas de planificación eficientes y acordes con los
requerimientos actuales. Medellín, la segunda ciudad en
importancia en Colombia, se enfrentó, como otras ciudades del
país, al problema de la disposición de los residuos sólidos a
mediados de la década comprendida entre 1970 y 1980. Para
entonces, la ciudad contaba con 1.163.868 habitantes, producía
41 toneladas diarias de basura, aproximadamente, y no existía
un sitio único para su depósito y disposición final. A partir
de entonces, los residuos sólidos, su disposición y
aprovechamiento se han convertido en un problema de salubridad pública
y aún de orden social. Inicialmente se depositaban en las
riberas del Río Medellín y quebradas tributarias, en las
escombreras y lotes no construidos; después fueron llevados al
sector de Moravia constituyéndose en un botadero a cielo
abierto; y finalmente en 1984 se inauguró el primer relleno
sanitario del país, en terrenos de los municipios de Bello y
Copacabana, en cercanías de la quebrada Rodas, denominado
Relleno Sanitario Curva de Rodas. El relleno fue destinado como
único lugar para la recepción de residuos sólidos en el Área
Metropolitana del Valle de Aburrá, algunos municipios del
oriente y suroeste antioqueño. La existencia del Relleno
Sanitario Curva de Rodas por espacio de 18 años, algunos
errores en su operación y las relaciones poco avenidas entre
políticas públicas, planeación, control y comunidades
afectadas han generado en la ciudad de Medellín en los últimos
cinco años un ejercicio permanente de reflexión, en algunos
casos confrontación y sobre todo construcción acerca del
manejo adecuado de los residuos sólidos. A partir de la entrada
en operación del Relleno Sanitario Curva de Rodas y
especialmente durante su etapa final, previa a la clausura y
cierre definitivo, se evidenciaron fuertes y definitivas
afectaciones al medio ambiente y por consiguiente al derecho a
gozar de él en condiciones de salubridad y dignidad. Aguas
contaminadas, aire descompuesto, flora y fauna destruidas,
unidos a la proliferación de plagas y vectores generaron
insalubridad y afectaciones a la salud de los habitantes
cercanos al relleno. La administración local autorizó la
construcción de vivienda de interés social a escasos metros
del relleno sanitario y la comunidad permaneció pasiva la mayor
parte del tiempo de operación del relleno, mientras sufría los
deterioros del medio ambiente. Los habitantes de Medellín, hoy,
empiezan a construir el concepto de lo colectivo y los medios más
eficaces para su defensa. E identifican a la participación
activa en los proyectos y decisiones que lo afectan como la
mejor forma de defender el medio ambiente. Este informe pretende
presentar el resultado de un trabajo de 6 meses con diferentes
fuentes y actores involucrados con el problema del tratamiento
de residuos sólidos en la ciudad de Medellín. Se propone como
un estudio de caso a partir del Relleno Sanitario Curva de
Rodas, y de sus efectos luego de transcurrir un año desde su
cierre. Sin embargo, en su estudio encontramos necesario abordar
el caso del Parque Ambiental la Pradera, ubicado en el Municipio
de Don Matías, donde actualmente se depositan y tratan las
2.000 toneladas diarias de residuos sólidos que producen el Área
Metropolitana del Valle de Aburrá y algunos municipios
cercanos. La alusión permanente a este parque, dentro del
informe, obedece al propósito de hacer claridad acerca de un
problema que no tuvo su origen ni su final en la curva de rodas,
sino en las condiciones modernas de las ciudades y en la cohesión
que logremos construir entre sus habitantes y la administración
a partir de establecer coherencia entre: Políticas públicas,
sistemas y órganos de control, prestación eficiente del
servicio público de aseo y saneamiento básico y cultura
ciudadana. Planteamos y analizamos además los resultados de la
capacitación que sobre el tema desarrollamos con diferentes
sectores de la población, con la seguridad de entender la
educación y las propuestas de la ciudadanía como camino
necesario a recorrer en la búsqueda de soluciones frente al
deterioro del medio ambiente. La búsqueda de información sobre
el tema, tanto en fuentes primarias como secundarias nos llevó
a encontrar diferentes posturas, análisis y propuestas. Las
comunidades más afectadas, los jueces los concejos municipales,
la Asamblea Departamental de Antioquia, el Área Metropolitana,
la Contraloría General de la República, Corantioquia, la
Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación,
los medios de comunicación y la academia han jugado y seguirán
jugando un rol trascendente en este proceso de construcción de
soluciones adecuadas. La pertinencia, importancia y utilidad del
trabajo se sustentan al evidenciar su actualidad en lo local y aún
a nivel nacional e internacional. La defensoría del Pueblo ha
proferido 10 resoluciones defensoriales relacionadas con el tema
en los siguientes casos: Magic Garden – El Botadero de San
Andrés, septiembre 13 de 2002, El servicio público de aseo,
recolección, transporte y disposición final en un sector del
Departamento de Cundinamarca. Botadero Mondoñedo, Bojacá
Cundinamarca, agosto 12 de 2002. Servicios públicos en 22
municipios del departamento del Atlántico, octubre 10 de 2002.
Situación del servicio público de aseo, recolección,
transporte y disposición final en Armenia Quindío, noviembre
26 de 2002. Disposición final de los residuos sólidos en el área
metropolitana de Bucaramanga del Departamento de Santander,
julio 17 de 2003. Situación del servicio público de aseo,
recolección, transporte y disposición final en san José de Cúcuta,
abril 24 de 2003. Disposición final de residuos sólidos en los
Municipios del Norte y Occidente del Departamento del Huila,
febrero 8 de 2002. Disposición final de residuos sólidos en el
Municipio de Leticia Amazonas, enero 16 de 2004. Situación del
servicio público domiciliario de aseo y disposición final de
residuos sólidos de Medellín y otros municipios del
Departamento de Antioquia, marzo 25 de 2003. Y algunas ciudades
como Quito en Ecuador, y Lima en Perú afrontan problemáticas
casi idénticas y hasta consultan la experiencia de las Empresas
Varias de Medellín (Empresa que construyó y operó el RSCR y
construyó el Parque Ambiental la Pradera). Agradecemos a la
Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional
(USAID), a través de MSD Colombia Ltda., y a la Universidad de
San Buenaventura Seccional Medellín, que cofinanciaron este
proyecto.
QUIÉNES
SOMOS
El proyecto Propuesta pedagógica
para la defensa de los derechos colectivos a partir de un análisis
de caso: El relleno sanitario Curva de Rodas ha sido
desarrollado por la Facultad de Derecho de la Universidad de San
Buenaventura Seccional Medellín, con el auspicio de la Agencia
de los Estados Unidos para el desarrollo internacional (USAID),
a través de Management Sciences for Development Inc. (MSD
Colombia). El proyecto fue seleccionado en la convocatoria
dirigida a las universidades colombianas por el Programa de
Derechos Humanos de USAID/MSD, en julio de 2003. Esta
convocatoria invitaba a formular proyectos para contribuir al
desarrollo de los objetivos y componentes del programa de
derechos humanos. El grupo de trabajo identificó el problema de
la afectación al derecho a un ambiente sano y su defensa como
vital para la ciudad de Medellín y el Área Metropolitana del
Valle de Aburrá. Y eligió el tratamiento de residuos sólidos
como fuente importante de afectaciones al derecho colectivo
mencionado. Con el proyecto el grupo de trabajo se proponía
trabajar dos líneas. La primera investigativa para: Describir y
analizar el caso del Relleno Sanitario Curva de Rodas.
Identificar el proceso de construcción del concepto de lo
colectivo para las comunidades directamente afectadas. Analizar
las estrategias de defensa utilizadas por la comunidad frente a
las perturbaciones al derecho a un ambiente sano. Establecer líneas
de relación ente políticas públicas, control, prestación
eficiente del servicio público de aseo y saneamiento básico y
cultura ciudadana. La segunda línea proponía capacitar a mil
ciudadanos en formas de participación y defensa de derechos
colectivos.
Grupo de trabajo que desarrollo del proyecto
Investigadoras principales
María Cristina Gómez Isaza. Abogada. Doctora en Derecho
Universidad de Navarra, docente universidades de San
Buenaventura Seccional Medellín, de Antioquia y Pontificia
Bolivariana. Norma Cecilia Nieto Nieto. Abogada. Especialista en
Derecho de los Negocios. Docente universidades de San
Buenaventura Seccional Medellín, de Antioquia y Eafit.
Co Investigadoras
Aceneth Serna Ramírez Antropóloga. Abogada. Docente
Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. Lina
Marcela Estrada Jaramillo Abogada. Docente Universidad de San
Buenaventura Seccional Medellín. Auxiliares de Investigación Mónica
Isabel Hernández Ríos. Egresada Facultad de Derecho
Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. John Jairo
Camargo Ceballos. Estudiante Universidad de San Buenaventura
Seccional Medellín. Wilson Alberto Zapata Quintero. Estudiante
Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. Catalina
Macías Garcés. Estudiante Universidad de San Buenaventura
Seccional Medellín. Juan David Hurtado Restrepo. Estudiante
Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. Yenesit
Palacios Valencia. Estudiante Universidad de San Buenaventura
Seccional Medellín. Juan Esteban Aguirre Espinosa. Estudiante
Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. Sandra
Patricia Hernández Díaz. Estudiante Universidad de San
Buenaventura Seccional Medellín.
Interventor
César Castillo Dussán. Director del Programa de Derechos
Humanos USAID/MSD.
ANÁLISIS
DE LAS CAPACITACIONES
A. POBLACIÓN OBJETO
El proyecto estuvo dirigido a tres grupos de población: Frente
a los actores institucionales (tanto públicos como privados),
tenemos: los funcionarios del Relleno Sanitario Curva de Rodas y
del Parque Ambiental La Pradera de Empresas Varias Medellín y
sus diversos contratistas, los funcionarios judiciales que
fallaron la acción de cumplimiento y que conocen actualmente de
la acción popular, los jueces de primera y segunda instancia
ante quienes se interpuso la acción de tutela. El segundo grupo
lo conformaron miembros de la comunidad directamente involucrada
en el caso del Relleno Sanitario Curva de Rodas y actualmente
del Parque Ambiental La Pradera, que fueron fuente primaria para
la recolección de información. Un tercer grupo estuvo dirigido
a capacitar 30 líderes para que iniciarán procesos de replica
en sus comunidades y 1.000 ciudadanos elegidos de la comunidad
afectada por el Relleno Sanitario Curva de Rodas y el Parque
Ambiental La Pradera, otras comunidades vulnerables como
estudiantes de universidades y de colegios, integrantes de las
juntas de acción comunal, empleados públicos, miembros de la
rama judicial y docentes.
B. DESARROLLO DE LAS
CAPACITACIONES Y RESULTADOS
A continuación presentamos los resultados de las jornadas
de capacitación llevadas a cabo entre los días 27 de abril al
4 de junio de 2004. Es de anotar, que en términos generales se
cumplieron las expectativas iniciales propuestas desde el
proyecto, las cuales tendían a despertar entre las personas
capacitadas, un interés por el conocimiento de los derechos
colectivos y de las garantías constitucionales para su protección,
así como por tener una visión general acerca de los mecanismos
de participación de las comunidades. En las tablas que aparecen
en la parte superior mostramos los resultados anunciados
teniendo en cuenta que de las 1.000 personas que se esperaba
capacitar se especifican 709 capacitadas a junio 4 de 2.004,
fecha en la que se elabora este informe. Las restantes
corresponden a algunos compromisos ya adquiridos y agendados que
no pudieron evacuarse antes de las vacaciones de mitad de año.
Además de las personas que serán capacitadas en el simposio
programado para la última semana de julio. Las distintas
universidades que fueron convocadas para recibir la capacitación
sobre la defensa, protección y prevención de los derechos
colectivos fueron muy receptivas e interesadas en el tema. A
partir de estas sesiones recibimos aportes importantes sobre
investigaciones que se desarrollan desde otras disciplinas sobre
el tema. (Biólogos, Botánicos, trabajadores sociales,
ingenieros, etc.). Además de la participación de los
estudiantes, en estas jornadas en las universidades, se hicieron
presentes también profesores, funcionarios de la Contraloría
Departamental y Municipal, funcionarios de Dismacol (Unión
Temporal que opera en El Parque Ambiental La Pradera el proceso
de biotecnología), líderes comunitarios de la Pradera,
funcionarios del Hospital Pablo Tobón Uribe, quienes mostraron
gran interés en replicar la capacitación dentro de sus
dependencias. Los colegios más receptivos para recibir la
capacitación fueron los públicos, quienes adelantan en sus
instituciones proyectos sobre el manejo de los residuos sólidos
como "Separito" programa educativo de Empresas Varias
de Medellín para la cultura del reciclaje. En estas
instituciones educativas existen proyectos y grupos ecológicos
quienes serían los responsables de replicar la capacitación a
los grados inferiores. La comunidad más activa para recibir la
capacitación fue la de La Pradera, quienes empiezan a construir
el concepto de lo colectivo a partir de las molestias
ocasionadas por el "Parque Ambiental La Pradera",
mientras que la comunidad de la Curva de Rodas ( Luna Lunera,
Estación Primera, Los Ciruelos) se encuentra bastante dispersa
y en desacuerdo con algunos lideres que intervinieron para
tratar de resolver el problema que les estaba generando el
relleno sanitario Curva de Rodas. La comunidad de Luna Lunera
fue quien más obstáculos presentó para la capacitación,
incluso antes de realizarla se debió hacer una capacitación
previa con los líderes. De otro lado, la programación tuvo que
realizarse en dos oportunidades, pues no se presentó el
personal suficiente. El grupo de jueces y empleados judiciales
destacó la importancia del proyecto desde lo pedagógico, como
un paso importante hacia la formación de una cultura de todos
los habitantes del la ciudad en el manejo adecuado de los
residuos sólidos. Resaltaron también la importancia de
entender el problema como el resultado de desacuerdos entre las
políticas públicas, los órganos de control y las empresas
prestadoras de los servicios públicos de aseo y saneamiento básico.
Desde la judicatura se plantearon además observaciones sobre el
derecho al ambiente sano, y el desarrollo sostenible, como
preocupaciones urgentes en la época actual.
EL
RELLENO SANITARIO CURVA DE RODAS
A. DESCRIPCIÓN DEL CASO
Hacia la década de 1.970 la ciudad de Medellín no tenía un
vertedero (botadero) oficial en el cual podía arrojar y dar
tratamiento a los residuos sólidos que producía su población.
Para ese entonces, los lugares destinados para tal fin eran las
laderas del Río Medellín, a la altura del Puente de
Barranquilla. En esa época de manera no oficial, fue destinado
el sector de Moravia para el deposito de los residuos sólidos
producidos en la ciudad, este lugar ubicado al nororiente de la
ciudad, rápidamente se convirtió en el principal foco de
contaminación e insalubridad de Medellín. La zona además de
ser el basurero de la ciudad se convirtió en un lugar de
encuentro de unas 300 familias, desplazadas de pueblos antioqueños
y chocoanos que obtenían de allí su sustento, reciclando el
material que se podía recuperar. El barrio Moravia se denominó
"el basurero" o "los Tugurios", y mostraba
que la ciudad de Medellín, no tenía una política pública con
respecto a la basura y al tratamiento de los residuos sólidos,
y éste problema se solucionaba por vías naturales, pues las
corrientes del río Medellín generalmente hacían desaparecer
esos residuos. En 1.982 la firma norteamericana Geeley and
Hansen, presentó el diseño del futuro sitio de disposición de
basuras para Medellín y el Área Metropolitana. Diseño que se
propuso bajo la técnica de relleno sanitario, que garantizaría
un manejo técnico de las basuras y sería la forma de corregir
los errores cometidos desde los años 70´S en el manejo de las
mismas. En el año de 1.983 se decidió que el terreno más
apropiado para un relleno sanitario, era el ubicado en la
autopista Medellín – Bogotá entre los municipios de
Copacabana y Bello, en el barrio Fontidueño, propiedad del Señor
Marco Tulio Velásquez. El terreno era una zona campestre,
(comuna 6 de Bello) cuyos habitantes, provenían del campo y
mantenían una estrecha relación con el lugar, pues de éste
derivaban su sustento. Las tierras de esta comuna estaban
ubicadas en zona rural del municipio y estaban conformadas por
fincas, el agua que los abastecía era de la quebrada Rodas que
atravesaba el sector; el paisaje se componía de árboles
frutales, jardines y cultivos que evidenciaban el uso rural del
ambiente. El 23 de Noviembre del año de 1.984 comienza a operar
el Relleno Sanitario Curva de Rodas, de propiedad de Empresas
Varias de Medellín, con una vida útil de doce años. Allí se
depositarían los residuos sólidos de catorce (14) municipios
del Departamento de Antioquia: diez (10) del Valle de Aburrá:
Medellín, Bello, Barbosa, Girardota, Itagui, Sabaneta, Caldas,
Copacabana, Envigado y La Estrella; tres (3) del Oriente
cercano: Rionegro, El Retiro, Guarne y del Suroeste, el
municipio de Fredonia. Con el paso de los años, la cantidad de
desechos producidos por los catorce municipios del Departamento
de Antioquia, fue aumentando de acuerdo con el crecimiento
demográfico de la población. Tal es así, que para el año
2001, en el Relleno Sanitario Curva de Rodas se depositaban
diariamente 2.400 toneladas de basura. (Ver tabla al final sobre
toneladas de desechos dispuestas en el RSCR). La vida útil del
relleno sanitario Curva de Rodas se estableció inicialmente en
doce años hasta 1996, luego, gracias a la adquisición de un
lote aledaño, conocido como "lote Merino", por parte
de Empresas Varias de Medellín se amplió por cinco años más,
hasta diciembre 31 de 2001; posteriormente se prolongó por ocho
meses, es decir a 31 de agosto de 2002 y su cierre final fue el
4 de junio de 2003. Con la idea de la temporalidad del relleno,
se proyectaron edificaciones de unidades residenciales en el
sector. Estas unidades fueron ofrecidas como viviendas de interés
social, entre ellas: Estación Primera (1996), Los Ciruelos
(1996 - 2003 2° etapa) y Luna Lunera (1998). Al ser habitado el
sector aledaño al relleno, se empezaron a percibir algunos
impactos al medio ambiente tales como: proliferación de plagas,
agrietamientos del terreno, fetidez en el entorno, presencia de
vectores, aves de rapiña y roedores; contaminación de fuentes
de agua y del aire, que generaron en la población cercana
enfermedades como bronquitis, asfixias, gripas, alergias y
brotes. Estas afectaciones recaían principalmente en la población
infantil, e igualmente incidió en el grupo humano en general
quien sufrió menoscabo en su calidad de vida; a ello se le añadió
la sensación de miedo y peligro dada la incertidumbre en la
estabilidad de dicho relleno, que se encontraba cerca a los
tubos de conducción de la Planta de Potabilización de Agua
Manantiales. El daño ambiental fue tomando mas fuerza en la
medida en que cada vez se veían mas afectadas diferentes
comunidades por el impacto ambiental y visual. Las normas técnicas
de operación se estaban violando y la quebrada Rodas que
atravesaba el relleno, se constituyó en el principal medio
conductor de vectores que afectaron de forma notoria la calidad
de vida con respecto a la salud de los vecinos. La Urbanización
Luna Lunera, proyecto de vivienda de interés social, pasó a
ser la comunidad mas afectada por ser la más cercana al
relleno. Los municipios que depositaban sus residuos en el
Relleno también contribuyeron a la agudización del conflicto,
el crecimiento demográfico de éstos, fue demandando mayor
capacidad y vida útil del relleno. El conflicto se hizo aún más
urgente con el deslizamiento ocurrido en el relleno sanitario de
"Doña Juana" en Bogotá y la intoxicación del río
Tunjuelito en el año de 1.999. Con este antecedente, se exigió
el cierre del relleno Curva de Rodas por parte de las habitantes
del sector, máxime cuando ya había sido aplazado su cierre por
cinco años más. La comunidad se organizó mediante veedurías
e instauró acciones tendientes a la protección de sus derechos
a la salud, a la vida y al ambiente sano, mediante mecanismos
como las acciones de Tutela, de Cumplimiento y Popular. A pesar
del activismo la comunidad, no obtuvo resultados eficaces: las
sentencias de tutela ordenaron trasladar a las familias a otras
viviendas que garantizaran los derechos vulnerados; la acción
popular se convirtió en un proceso lento, pues se instauró
desde el 6 de abril de 2001 y hasta el momento, marzo 20 de
2004, se continúa en la fase de recolección de pruebas; y a
pesar del inminente incumplimiento de la Resolución 5649 de
2002 por parte de Empresas Varias de Medellín, donde se
establecía la fecha de cierre definitivo del Relleno Sanitario
Curva de Rodas, la acción de cumplimiento fue negada por el
Tribunal Administrativo de Antioquia y luego concedida por el
Consejo de Estado cuando ya se había establecido el Parque
Ambiental La Pradera para la disposición final de los residuos
sólidos. Sólo hasta el 4 de junio de 2003, se cerró de manera
definitiva el Relleno Sanitario Curva de Rodas, para dar paso a
un nuevo sitio de disposición final de las basuras el
"Parque Ambiental la Pradera", ubicado en el municipio
de Don Matías.
B. COMUNIDADES AFECTADAS
· Urbanización Luna
Lunera (Copacabana) · Urbanización Los Ciruelos (Bello) ·
Urbanización Alcalá (Bello) · Urbanización Estación Primera
(Bello) · Barrio Machado (Bello) · Barrio Fontidueño
(Bello)
| AÑO |
TOTAL
DESECHOS DISPUESTOS(TONELADAS) |
1984
1985
1986
1987
1988
1989
1990
1991
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
|
14.425.90
185.755.80
217.683.70
234.170.40
264.569.50
284.857.70
287.478.90
317.738.80
372.738.80
434.855.80
533.767.41
581.110.34
597.708.16
629.637.00
713.187.86
716.789.89
732.187.86
716.789.89
699.105.75
TOTAL 7.818.003.77 |
PARQUE
AMBIENTAL LA PRADERA
A. DESCRIPCIÓN
El 5 de junio de 2003 entró a operar en el Municipio de Don Matías
a 55 Kilómetros de Medellín por la carretera al nordeste,
"El Parque Ambiental La Pradera", en un terreno de 290
hectáreas adquirido de los sucesores de Liborio Mejía y Oscar
Vélez. Desde el comienzo, este "Parque Ambiental"
presentó algunos tropiezos no sólo por la legalización de sus
predios, sino también porque Corantioquia (Corporación autónoma
regional del centro de Antioquia) ya había otorgado licencia
para la explotación minera. Sin embargo, se empezaron a
realizar todas las obras necesarias con el fin de adecuar allí
el lugar para la disposición final de las 2.000 toneladas
diarias de basuras, que producen los municipios que depositan en
él, entrando en operaciones cuando no se encontraban totalmente
terminadas las condiciones locativas e infraestructura para la
operación de los residuos sólidos, por lo cual se consideró
"precipitada e inadecuada" su inauguración oficial.
Desde el inicio de operaciones del parque ambiental se
presentaron dos impactos derivados del transporte de los
residuos sólidos: el deterioro de la vía debido al continuo
rodamiento de vehículos de alto tonelaje, así como el aumento
de los tiempos de desplazamiento en el trayecto debido a la gran
cantidad de vehículos y las bajas especificaciones de la vía.
Sumado a lo anterior, aunque su nombre hace alusión a un Parque
Ambiental, se producen algunos impactos ambientales
considerables producto del enterramiento de las basuras en el
Vaso de la Carrilera. Estos impactos se evidencian
fundamentalmente en afectaciones al aire, al suelo, y a las
aguas de este sector. Estas últimas recorren un corto trecho
para desembocar al río Porce, a una distancia aproximada de 300
metros desde el paso de la carrilera. Actualmente, Empresas
Varias de Medellín afronta las dificultades derivadas de la polémica
desatada por la Contraloría de Medellín al decir que La
Pradera no podría operar adecuadamente por más de cuatro años,
cuando la administración municipal anterior había publicitado
una vida útil de 100 años, y la intoxicación masiva de 21
operarias que separan manualmente las basuras en La Pradera. El
sitio web de las Empresas Varias de Medellín anuncia la
generación de 480 empleos directos en el Parque Ambiental la
Pradera, así como una inversión social para el año 2003 de
3.000 millones de pesos, y la continuidad de la inversión según
la cantidad de toneladas depositadas en los años siguientes en:
escuelas, centros de salud, vías, puentes y programas sociales.
Sin embargo la misma entidad reconoce que en la actualidad
cumple con los estudios de impacto ambiental para el Centro
Integrado de Residuos Sólidos en el terreno conocido como El
guacal, ubicado cerca de San Antonio de Prado en jurisdicción
de los Municipios de Medellín y Heliconia, con una extensión
de 700 hectáreas, 130 de ellas en Medellín, y las 570
restantes en Heliconia. Según la evaluación de la empresa con
relación a Rodas este Centro podría tener una duración entre
40 y 50 años.
B. COMUNIDADES AFECTADAS
· Municipio de Barbosa ·
Municipio de Santo Domingo · Municipio de Don Matías
CONCLUSIONES
Y RECOMENDACIONES
CONCLUSIONES
El estudio de caso del Relleno Sanitario Curva de Rodas permitió
al equipo de trabajo establecer diferentes conclusiones
derivadas de su análisis y del trabajo con las comunidades
involucradas en el proyecto pedagógico para la defensa y
protección de los derechos colectivos. Presentamos las
conclusiones en forma de grupos así: Derivadas de la observación
directa del caso, originadas en el análisis de la normatividad
nacional e internacional vigente sobre la protección ambiental
y relacionadas con la cohesión entre políticas públicas,
estrategias de control y cultura ciudadana.
Derivadas de la observación directa del caso
La construcción de una obra pública, o privada para atender
necesidades públicas conlleva siempre la preocupación por los
efectos que puede generar sobre los habitantes del territorio y
el entorno donde se construirá y desarrollará el proyecto. Los
estudios de jmpacto ambiental y los planes de prevención y
mitigación del daño, unidos a las estrategias de participación
ciudadana pretenden lograr el máximo beneficio social con el
menor costo ambiental y colectivo. En el caso del Relleno
Sanitario Curva de Rodas se presentaron algunos desajustes en la
concepción y desarrollo del proyecto que no permitieron
conseguir los objetivos mencionados: Desde el punto de vista técnico
y político dos aspectos adquieren relevancia en la configuración
del daño ambiental generado por el relleno sanitario curva de
rodas: el primero tiene que ver con la utilización de las
tecnologías Combeima y Duitama para el tratamiento de los
residuos y el segundo con la elección y preparación de un
nuevo lugar para el tratamiento de residuos sólidos de forma
oportuna ante el vencimiento de la vida útil del proyecto, para
que la orden de cierre se hubiera desarrollado sin traumatismos
mayores. Algunos expertos consultados en el desarrollo de la
investigación sostienen la inconveniencia de las tecnologías
elegidas, o al menos de la forma como fueron aplicadas, e
identifican este aspecto como determinante para los deterioros
ambientales producidos por el relleno. La falta de concordancia
entre las decisiones de los organismos de control y las
estrategias técnicas de la empresa pública que construyó y
operó el relleno generaron la tardanza en el cierre definitivo
del proyecto y en consecuencia mayores afectaciones al medio
ambiente Con la idea de la temporalidad del relleno, se
proyectaron y autorizaron edificaciones de unidades
residenciales de interés social en su zona de influencia. Tales
son las urbanizaciones Estación Primera, Los Ciruelos y Luna
Lunera. Al ser habitado el sector aledaño al relleno, se
empezaron a percibir algunos impactos al medio ambiente tales
como: proliferación de plagas, agrietamientos del terreno,
fetidez en el entorno, presencia de vectores, aves de rapiña y
roedores; contaminación de fuentes de agua y del aire, que
generaron en la población cercana enfermedades como bronquitis,
asfixias, gripas, alergias y brotes. Estas afectaciones
incidieron en la población que se asentó en el área de
influencia del proyecto y recayeron principalmente en la población
infantil, población que sufrió menoscabo en su calidad de
vida; a ello se le añadió la sensación de miedo y peligro
dada la incertidumbre en la estabilidad del terreno y la
estructura del relleno, que se encontraba cerca a los tubos de
conducción de la Planta de Potabilización de Agua Manantiales.
Las comunidades cercanas al relleno, además de soportar el
deterioro del ambiente, evidenciaron como respuesta a las
compensaciones recibidas por parte de las Empresas Varias de
Medellín un problema nuevo: la administración de los recursos
y la vigilancia de los veedores. En la actualidad existen
demandas en contra de algunos líderes comunitarios por
imprecisiones y deficiencias en el manejo de los recursos
suministrados por la empresa dueña del proyecto. El problema
del vertimiento y tratamiento de las basuras en Medellín ha
estado presente desde los orígenes de la ciudad, y como una
preocupación de la administración pública desde los años
setenta del siglo XX. Los habitantes de la ciudad no han tenido
la cultura sobre el correcto manejo de los residuos. Las
autoridades locales (Alcaldes y Concejos, Área Metropolitana, y
Corantioquia) han definido las políticas públicas para dicho
manejo y para la protección del medio ambiente en épocas muy
recientes lo que dificulta determinar su coherencia pertinencia,
claridad y eficacia. Hoy treinta años después de las primeras
manifestaciones de interés de la administración sobre el tema,
podemos destacar como las más relevantes las siguientes políticas:
La construcción de un relleno sanitario y de un parque
ambiental aparejada de algunas campañas educativas. La
elaboración de un Plan Maestro para el manejo de los residuos sólidos
en la ciudad de Medellín desde del Área Metropolitana, el diseño
y desarrollo de la agenda ambiental y las mesas ambientales de
trabajo. La expedición de algunas normas de prevención,
motivación y sanción para la defensa del medio ambiente y el
adecuado tratamiento de los residuos. El tratamiento de los
residuos sólidos incide en el derecho al medio ambiente y en la
calidad de vida de una comunidad en general, y no es un derecho
que solo deben reivindicar y pedir su garantía los grupos que
viven en el sector del vertedero.
Originadas en el análisis de la normatividad nacional e
internacional vigente sobre la protección ambiental
Nuestra Constitución Política respecto al derecho a un medio
ambiente sano propone un modelo de desarrollo sostenible desde
diferentes perspectivas: En primera instancia se estipula el
deber de protección de los recursos naturales por parte del
Estado y de los particulares y se establecen limitaciones al
ejercicio de determinados derechos, fundamentalmente los de
contenido económico como el de la propiedad. Así mismo, se
reconoce dentro de los derechos de tercera generación el
derecho colectivo a gozar de un ambiente sano, se establecen
mecanismos constitucionales para su protección como las
acciones populares, acciones de grupo y acción de cumplimiento
y mecanismos de participación ciudadana que sustentan su
verdadera protección como el cabildo abierto, las veedurías
ciudadanas, entre otros. En cuanto a la legislación nacional
sobre el derecho a gozar de un ambiente sano tenemos una amplia
gama de decretos y leyes que en la mayoría de los casos, no
tienen una aplicación eficaz, quizás por la alta proliferación
y por la inexistencia de conciencia acerca de la importancia y
valor de la protección ambiental y de la necesidad de vivir
inmersos en la cultura del desarrollo sostenible. La
normatividad vigente en materia de protección del ambiente, y
concretamente la que regula el tratamiento de los residuos sólidos,
en muchos casos es desconocida o inaplicada. Esta situación
puede originarse por ser muy dispersa y deficientemente
estructurada. Además presenta contradicciones en relación con
las políticas gubernamentales del manejo integral de residuos sólidos.
La legislación vigente no contempla normas imperativas o que
tengan como fin estimular la utilización de tecnologías
limpias: los avances se limitan a aspectos de buenas intenciones
entre gremios de industriales y organismos estatales. (En el
caso concreto las mesas y grupos de trabajo que el Área
Metropolitana a empezado a liderar con algunos sectores
industriales de la ciudad.) No basta con la implementación de
normas se requiere desarrollo de políticas y estrategias
encaminadas a: minimizar la producción de residuos sólidos en
la fuente, implementar tecnologías limpias, desarrollar
programas y proyectos para el manejo de residuos sólidos,
propiciar la concertación institucional, para conseguir una
solución integrada y concertada de la problemática. Con
respecto a la separación y reutilización de residuos sólidos,
no existe en el productor de residuos la cultura y
normativamente aún no hay voluntad para lograrla. Sorprende que
actualmente dados los avances tecnológicos, en la ciudad no se
haya resulto la reutilización y comercialización algunos
residuos no orgánicos como las llantas, o las suelas de zapatos
de goma, que son utilizados para la impermeabilización en el
fondo de los vasos que reciben los residuos y se quedan ahí
enterrados. En lo referente a la normatividad sobre la
responsabilidad por daños al medio ambiente en Colombia se
puede decir que es amplia y se contempla desde la década de los
setenta del siglo XX con la expedición del Código de Recursos
Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente (Ley 23
de 1974). Esta norma, en su artículo 16 implementó el concepto
de responsabilidad por daños al medio ambiente. Posteriormente,
con la Constitución Política de 1991 se da paso al deber de
protección de los recursos naturales por parte del Estado y de
los particulares y el establecimiento de limitaciones al
ejercicio de derechos de contenido económico como los de la
propiedad. Así, la propiedad además de tener una función
social tiene un contenido ecológico, el cual, habilita al
Estado y a la comunidad en general, para intervenir en su
defensa, llegando aún al mecanismo de la expropiación. Esta
teoría de la responsabilidad civil es un aporte esencial para
la protección y la sostenibilidad ambiental, pues la
indemnización de estos daños es un factor esencial en la
regulación del mercado, en la medida en que se responsabiliza
al contaminador por el daño, ya que quienes contaminan se ven
obligados a sufragar los costos relacionados con el daño
causado, reducirán sus niveles de contaminación hasta el punto
en que el costo marginal de la descontaminación resulte
inferior al importe de la indemnización que habrían tenido que
abonar. De este modo, el principio de la responsabilidad
ambiental hace posible la prevención de los daños y la
internalización de los costos ambientales. La normatividad
internacional es basada primordialmente en la principialística
y en la necesidad de prevenir más que en mitigar. La mayoría
de las disposiciones establecen el criterio de que el que
contamina debe, en principio, cargar con los costos de la
contaminación, teniendo en cuenta el interés general. De esta
forma, desde la realización de la primera conferencia ambiental
en Estocolmo en 1972, hasta la Cumbre Mundial sobre Desarrollo
Sostenible realizada en el año 2000 en Johannesburgo, todas
parten de que el hombre tiene el derecho fundamental a un medio
de calidad tal que le permita llevar una vida digna y gozar de
bienestar y que tanto las autoridades públicas como las
entidades privadas, deben propender por el fortalecimiento del
desarrollo de los pueblos basados en el mejoramiento de la
calidad de vida y la protección del medio ambiente.
Relacionadas con la cohesión entre políticas públicas,
estrategias de control y cultura ciudadana.
En las conferencias internacionales descritas en el párrafo
anterior se intercambian conocimientos entre los diferentes
Estados, se han compartido experiencias y responsabilidades, se
han promulgado leyes sobre medio ambiente, promocionado
estrategias para acceder a la educación ambiental y fomentar la
sensibilización y la participación de la población en la toma
de decisiones que se relacionen con el tema. Sin embargo, y a
pesar de estas reglamentaciones, en nuestro país se vulnera
permanentemente el derecho colectivo a un ambiente sano, pues
las autoridades y los particulares en general hacen caso omiso
de ellas debido a que estas no se encuentran suficientemente
desarrolladas y a que en la mayoría de los casos, es imposible
reparar el bien afectado.. Cuando ocurre un daño ambiental se
genera el interrogante de saber cómo debe ser reparado, se debe
entonces partir del supuesto de que la reparación de este tipo
de daño debe buscarse mediante la restauración del bien
ambiental y no mediante el equivalente en dinero, pues el dinero
no se puede dar para cambiar un bien por otro, sino que
obligatoriamente se tiene que invertir en la reparación del
ecosistema. Este dinero como posiblemente ocurrió entre las
comunidades cercanas al proyecto, y de acuerdo con la información
suministrada por la comunidad, termina en manos de unos cuantos
y el deterioro ambiental persiste. De esta forma, no sólo no se
soluciona el problema principal, sino que se genera un segundo
problema motivo de discordia y desinterés entre las
comunidades. El relleno sanitario propuesto en los años ochenta
y posteriormente ejecutado desde el año de 1984, suponía la
existencia previa de la cultura de separación en la fuente y
del reciclaje. Esta estrategia de manejo de residuos sólidos
fue determinada por el ejecutivo municipal sin la educación
requerida a la comunidad y sin la concertación con aquellos que
en su momento eran los habitantes del sector. Con el cierre del
Relleno Sanitario Curva de Rodas y la apertura desde el 6 de
junio de 2003 del Parque Ambiental la Pradera, ocurrió un
desplazamiento espacial del problema, así no sólo no se
resolverá el daño al medio ambiente sufrido por los habitantes
cercanos a rodas sino que se sumarán nuevas comunidades
afectadas; las ubicadas en el área de influencia del Parque
Ambiental la pradera. Del estudio de los hechos en este caso
puede establecerse que la comunidad ha afrontado la defensa de
un derecho que es de todos "el medio ambiente",
afectado por la falta de madurez, coherencia y claridad en políticas
públicas acerca del tratamiento de residuos, solo cuando cada
uno de ellos ha sufrido un daño que considera individual y
directo. Los derechos colectivos han aparecido en las demandas
de la comunidad, como "telón de fondo" a la
reivindicación de otros derechos considerados fundamentales
como: la salud, la vida y la propiedad; lo que hace concluir,
que la defensa de lo colectivo pasa a ser una discusión más de
carácter persuasivo y retórico que real y fundante, de una
verdadera pretensión de cambio del estado actual de cosas (mal
tratamiento de las basuras y daños al medio ambiente. En las
acciones judiciales interpuestas se utiliza como argumento retórico
"la defensa del medio ambiente" pero este derecho no
aparece citado como argumento prioritario para cambiar la
situación actual de falta de políticas públicas en torno al
tema de las basuras. El tratamiento de las basuras no es una
decisión que solo afecta a los vecinos de un vertedero, relleno
o parque ambiental, es una decisión que afecta a todos los
habitantes de la ciudad, y que tiene repercusiones en el
ambiente global. No puede perderse de vista el espacio de
oportunidades que este tipo de proyectos, la construcción de
obras de interés público, comporta, así como el volumen de
recursos que involucra y la potencialidad de impacto tanto
ambiental como social, así que los temas de moralidad
administrativa cobran aquí también el mayor interés.
Recomendaciones
La solución para la disposición final de las basuras compete a
todos los miembros de la sociedad, que de una u otra manera son
la fuente del problema. Por tal motivo, es a todos a quienes nos
corresponde aportar con miras a la construcción de un orden que
corresponda a la visión de futuro deseado, en correspondencia
con los retos que impone el desarrollo sostenible, la concertación
y participación comunitaria. A continuación se presentan
algunas alternativas concretas que si bien no solucionarán el
problema, lo disminuirán notablemente.
A. Autoridades:
1. Elaborar y diseñar
integralmente las mejores soluciones al problema de las basuras
para cada una de las comunidades, recurriendo a las firmas
especializadas que estén en capacidad de diseñar y operar los
diferentes proyectos requeridos.
2. Financiar la totalidad de cada uno de los proyectos a
ejecutarse, sin omitir ningún aspecto para garantizar el
funcionamiento integral de los mismos. Deberán tenerse en
cuenta todos los costos del proyecto ya que si se eliminan políticamente
algunos costos los resultados serán nefastos y se reflejarán
en afectaciones desiguales para determinados sectores
sociales.
3. Distribuir equitativamente entre todos los sectores de la
sociedad el costo de los proyectos integrales de disposición
final de las basuras, teniendo en cuenta que absolutamente todos
los sectores deben contribuir económicamente a la solución del
problema, ya que todos son generadores del mismo. Deberán
establecerse escalas de contribución equitativas. Así como
incentivos claros y verdaderamente aplicables para las
instituciones o personas que contribuyan con la solución del
problema.
4. Mantener la disciplina social en todo lo relacionado con la
afectación al medio ambiente y al problema de las basuras,
articulando todos los planes de ordenamiento territorial, el
otorgamiento de licencias de construcción, licencias
ambientales, licencias de funcionamiento y todo tipo de permisos
dentro de una política definida al respecto y exigiendo su
cumplimiento estricto por parte de las comunidades.
5. Diseñar programas masivos y permanentes de educación
respecto al manejo de las basuras y divulgación de las políticas
adoptadas al respecto.
6. Permitir la participación de las comunidades afectadas con
un proyecto específico brindándoles toda la información y
escuchando sus puntos de vista pero sin caer en falsos
paternalismos u oportunismos
B. Las comunidades
1. Tomar conciencia de que el problema del cuidado del ambiente
y de la disposición final de las basuras es un problema que atañe
a toda la sociedad.
2. Analizar serenamente los impactos reales que un proyecto de
este tipo pueda generar en un caso específico, para evitar
oportunismos no justificables.
3. Participar activamente mediante los mecanismos que brinda la
Constitución cuando se vea lesionada con un proyecto específico.
4. Informarse adecuadamente de todos los antecedentes de un
proyecto antes de tomar una posición definida ante el
mismo.
5. Contribuir decididamente a las campañas de divulgación y
educación ambiental. Todo lo anterior implica que tanto las
autoridades como las comunidades afectadas se despojen de todo
interés mezquino de lucro indebido en este tipo de proyectos y
se inicien unas verdaderas campañas de educación a todos los
niveles de las mejores prácticas respecto a la problemática de
las basuras así como a los mecanismos de participación y de
reclamación de los derechos que contempla la Constitución e
instrumentos jurídicos internacionales respecto a la protección
de la salud pública y el medio ambiente. La posible respuesta
al problema tendrá su origen en la cohesión que logremos
construir entre los habitantes de la ciudad y la administración
a partir de establecer coherencia entre: Políticas públicas,
sistemas y órganos de control, prestación eficiente del
servicio público de aseo y saneamiento básico y cultura
ciudadana.
ENLACES
· Corantioquia: www.corantioquia.gov.co
· Defensoría del Pueblo: www.defensoria.org.co
· Procuraduría General de la Nación: www.procuraduria.gov.co
· Area Metropolitana: www.metropol.gov.co
· Ministerio del Medio Ambiente: www.minambiente.gov.co
· Asociación de corporaciones autónomas regionales: www.asocars.org.co
· Departamento de Desarrollo Sostenible del Banco
Interamericano de Desarrollo: www.ladb.org
· · · · ·Unidades para el desarrollo colombiano: www.pnud.org.co
· Fondo Mundial para la naturaleza en colombia: www.wwf.org.co
· Empresas Varias de Medellín. www.eevm.com.co
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